Nuevo artículo publicado por los socios fundadores de SIIG en la revista “El Consultor de los Ayuntamientos”: “Grado de cumplimiento normativo sobre la información del coste de las actividades e indicadores de gestión en las principales entidades de la Administración Local española. Estudio empírico”
Nuevo artículo publicado por los socios fundadores de SIIG en la revista “El Consultor de los Ayuntamientos”: “Grado de cumplimiento normativo sobre la información del coste de las actividades e indicadores de gestión en las principales entidades de la Administración Local española. Estudio empírico”

Daniel Sánchez Toledano y Daniel Carrasco Díaz, Socio Director y Socio Fundador (respectivamente), de la sociedad Spin-Off de la Universidad de Málaga “Sistemas de Información Inteligente para la Gestión S.L.” (SIIG S.L.), han publicado un nuevo artículo en la revista Nº 10, correspondiente al mes de octubre de 2021, de “El Consultor de los Ayuntamientos” (editada por Wolters Kluwer), con el título “Grado de cumplimiento normativo sobre la información del coste de las actividades e indicadores de gestión en las principales Entidades de la Administración Local Española. Estudio empírico”.

En el resumen de su contenido los autores señalan que, para los Entes Locales, la utilización de la contabilidad analítica e indicadores de gestión asienta sus raíces en el obligado cumplimiento de la vigente legalidad, pero va mucho más allá y busca la mejora en la gestión y control de los recursos públicos.

Plantean una investigación empírica para los Entes Locales objeto de estudio, con un doble objetivo: uno de carácter general, que examina el comportamiento de los mismos respecto de la presentación, o no, de las Notas 26 y 27 en la Memoria de la Cuenta General (coste de los servicios e indicadores de gestión, respectivamente), de forma conjunta; y, otro de carácter específico, para analizar si la cumplimentación de dichas Notas, de forma individualizada, se realiza de forma completa -todos los apartados- o parcial, -sólo algún o algunos de los apartados-. Todo ello basado en la información aportada por dichos Entes Locales en sus Cuentas Generales al Tribunal de Cuentas del Reino de España.

La hipótesis de partida de los autores es que aquellas Entidades Locales del estudio que presentan la Nota 26 (coste de los servicios), cumplimentada en todos sus apartados, ofrecen una rendición de cuentas sobre el coste de las actividades de mayor excelencia cualitativa y cuantitativa. Asimismo, implantada la contabilidad analítica con la metodología IGAE (Intervención General de la Administración del Estado), o algún otro modelo de cálculo de coste formalizado, consecuentemente, existe una mayor probabilidad de que sus outputs informativos sean más completos, se usen con mayor intensidad para la gestión económica de la Entidad Local y, por ende, posean mayor sensibilidad y valoración de la contabilidad analítica como técnica de apoyo en la toma de decisiones económicas.

De igual modo, a través del análisis de las Entidades Locales objeto de la investigación que presentan, de forma completa e incompleta, los apartados que conforman la Nota 27 (indicadores de gestión), se pretende conocer el grado de cumplimiento de sus outputs informativos sobre los indicadores de gestión, entendiendo que aquellas Entidades que presentan dicha Nota con todos sus apartados poseen mayor perfeccionamiento de su rendición de cuentas, con mayor uso de los indicadores para la gestión económica y valoración como técnica de apoyo en la toma de decisiones económicas.

El comportamiento de las Entidades Locales puede ser distinto según la variable con la que se establezca la relación, o lo que es lo mismo, puede ser diferente en función de los ejes de análisis utilizados para estudiarlas. En este sentido, se plantean como tales ejes analíticos: el número de entidades (NE) y el importe de las obligaciones reconocidas netas (ORN) de sus liquidaciones presupuestarias.

Cabe destacar que con el estudio empírico no se pretende llevar a cabo la gradación de la consistencia y veracidad de los datos de reporting presentados por las Entidades Locales en el Tribunal de Cuentas.

Los indicadores se muestran a través de las diferentes representaciones gráficas incluidas en el estudio, revelan los grados de avance de reporting y, por ende, los compromisos con la modernidad en la gestión económica de las Entidades Locales, para cada una de las tipologías de entidades delimitadas como campo de observación -ayuntamientos, diputaciones y cabildos y consejos insulares-, bajo los dos citados ejes de análisis.

Destaca, como conclusión, que tanto desde la perspectiva de cumplimiento de la legalidad, transparencia o avance en la objetivación de la toma de decisiones económicas, los resultados obtenidos evidencian que estamos lejos de poder considerar satisfactorio la rendición de cuentas de los Entes Locales sobre el coste de las actividades e indicadores de gestión y, en consecuencia, la introducción de las nuevas técnicas de gestión económica -contabilidad analítica e indicadores de gestión-.

Además, es preciso destacar que el comportamiento de las Entidades estudiadas, en general, no es el mismo para el reporting del coste de las actividades -Nota 26- que para los indicadores de gestión -Nota 27-. En efecto, los indicadores indican con claridad que la respuesta de dichas Entidades, en su conjunto, es mucho más intensa en el reporting para el coste de las actividades que para los indicadores de gestión, seguramente debido al déficit de información sobre la cuantificación física de las actividades –prestaciones de servicios- realizadas, imprescindibles para la determinación de algunos indicadores como el de eficacia y eficiencia, y tan fundamentales en la mejora de la gestión económica de los servicios públicos locales.

De igual manera también es concluyente la diferenciada participación de ayuntamientos, diputaciones y cabildos y consejos insulares en el reporting del coste de las actividades e indicadores de gestión, respecto del total de obligadas de dichas Entidades, en cualquiera de los dos ejes tomados como base para la investigación. Así, en el eje NE, de todos los ayuntamientos obligados a presentar la Nota 26, sólo alcanzaron a presentar algún apartado de la misma, escasamente, un 22% y, de forma completa, algo menos de un 17%, es decir, una muy pequeña representación de los mismos. Por su parte, en el eje ORN, por la influencia de ayuntamientos con mayores presupuestos, tales valores aumentan alrededor de un 38% y casi un 31%, respectivamente.

Sin embargo, para las diputaciones, en ambos ejes (NE y ORN), los indicadores alcanzaron similares valores y, de todas las obligadas a presentar la Nota 26, ascendieron a un 50% y 45% las que presentaron algún apartado de la misma o de forma completa, respectivamente. Es decir, mostraron unos valores bastante más significativos que en los municipios (ayuntamientos), deduciéndose también un mayor compromiso con la implantación de las nuevas herramientas de gestión.

De forma similar a lo referido en la Nota 26, también en la Nota 27 se aprecia una muy diferenciada participación de ayuntamientos, diputaciones y cabildos y consejos insulares, respecto del total de obligadas de dichas Entidades, en cualquiera de los dos ejes tomados para la investigación. En el eje NE, de todos los ayuntamientos obligados a presentar la Nota 27, alcanzaron a presentar algún apartado de la misma sólo un 12% y, de forma completa, algo menos de un 1,7%, es decir, una casi nula representación de los mismos. Por su parte, en el eje ORN, por la influencia de ayuntamientos con mayores ORN, tales valores aumentan a más de un 21% y más de un 6%, respectivamente.

Las diputaciones, por su parte, en el eje NE, de todas las obligadas a presentar la Nota 27, alcanzaron a presentar algún apartado de la misma, y de forma completa, un 47% y 5%, respectivamente, En el eje ORN casi un 35% y más de un 5%, respectivamente. Con todo ello podemos concluir que sus indicadores alcanzan una representación bastante más significativa que la municipal (ayuntamientos) en lo que se refiere a presentar, al menos, un apartado de la misma, pero también muy escasa cuando nos referimos a cumplimentar todos los apartados de dicha Nota.

Como conclusión final resaltar que, aunque es cierto que se ha avanzado mucho en la puesta en funcionamiento de un marco legislativo preciso para la mejora del reporting del coste de las actividades e indicadores de gestión -Notas 26 y 27- de las Entidades objeto de estudio y, por tanto, en la transparencia de los servicios públicos locales, no es menos cierto que la intención de seguir progresando en el cumplimiento de dicho reporting pasa por exigencias complementarias y alguna presión institucional para el riguroso cumplimiento de la normativa actual, amén de una mayor exigibilidad de la vigente normativa por el Tribunal de Cuentas y Órganos de Control de las Comunidades Autónomas (OCEX), una incentivación atractiva a través de la financiación de proyectos para su implantación o, incluso, financiación complementaria a los que incluyan en la Memoria de sus Cuentas Anuales la citada información sobre el coste de los servicios e indicadores eficacia, eficiencia, economía y medios de producción.